Autorización de viaje al extranjero de menores de edad

Autorización de viaje al extranjero de menores de edad

En términos generales, todos los países solicitan similares requisitos para que un menor de edad viaje al extranjero.

Si el menor viaja sin compañía o con un tercero, la autorización judicial o notarial será otorgada por ambas padres.

Si viaja con uno solo de sus padres, la autorización judicial o notarial la otorgará el padre ausente.

Si el viaje es con uno de los padres y el otro ha fallecido, o fue reconocido por sólo uno de los progenitores, en la autorización notarial deberá constar el haber tenido a la vista la partida de defunción o la de nacimiento correspondiente, debiendo especificar si es de vigencia indeterminada.

Si uno o ambos padres se encuentran fuera del país, será otorgada por un funcionario consular, debiendo contar con la legalización de firma efectuada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Además, debe presentarse siempre el Documento de Identidad Nacional y Pasaporte vigente del menor y del Padre o Apoderado.