Residencia en España para parejas estables no registradas

Residencia en España para parejas estables no registradas

¿Eres pareja de un ciudadano español y no estás registrado? Así puedes obtener la residencia legal

Gracias al nuevo Reglamento de Extranjería 2025, los extranjeros que mantengan una relación estable y duradera con un ciudadano español podrán solicitar la residencia en España, aunque no estén inscritos oficialmente como pareja de hecho o casados. Esta reforma amplía los derechos de miles de personas que comparten su vida con españoles, pero no han formalizado su unión por vía legal.

A continuación, te explicamos paso a paso cómo funciona este permiso de residencia, quiénes califican, qué documentos necesitas y qué beneficios obtienes.

¿Qué se considera una pareja estable no registrada?

Una pareja estable no registrada es aquella que mantiene una relación afectiva, pública y continuada con un ciudadano español, sin haber inscrito su unión en un registro autonómico o municipal. Aunque no cuentes con un certificado de pareja de hecho, puedes acceder a una residencia legal si cumples ciertos requisitos:

Requisitos clave:

  • Convivencia mínima de 12 meses continuados, demostrada con certificado de empadronamiento conjunto u otros documentos oficiales.
  • Hijos en común, lo que prueba la existencia de un vínculo sólido y duradero.
  • Pruebas documentales como:
    • Fotografías juntos en distintos contextos y fechas.
    • Testimonios de amigos, familiares o conocidos.
    • Comunicaciones por email, redes sociales o mensajería.

Beneficios de la residencia por pareja estable

Obtener esta autorización inicial por cinco años te permite:

  • Trabajar legalmente por cuenta propia o ajena.
  • Acceder a la sanidad pública y otros servicios sociales.
  • Renovar tu residencia y, a futuro, solicitar la nacionalidad española.
  • Contar con protección legal, incluso si la relación termina en ciertos casos.

¿Qué pasa si la relación se rompe?

Aunque el vínculo con tu pareja española se termine, puedes mantener tu residencia si se da alguna de las siguientes circunstancias:

  • Fallecimiento del ciudadano español.
  • Existencia de hijos menores en común.
  • Situaciones de violencia de género debidamente documentadas.
  • Haber alcanzado un nivel sólido de integración en España (empleo, arraigo, vida social).

¿Cómo se solicita la residencia?

Para tramitar la solicitud, debes:

  1. Rellenar el modelo EX-10 u otro formulario oficial.
  2. Presentar pruebas de la relación y convivencia.
  3. Demostrar medios económicos suficientes para subsistir.
  4. Contar con un seguro médico válido en España.
  5. Entregar toda la documentación en la Oficina de Extranjería correspondiente.

Tiempo estimado de resolución: hasta 3 meses.

¿Es obligatorio registrar la pareja?

No. Aunque registrar tu unión como pareja de hecho brinda más respaldo jurídico, no es obligatorio bajo la nueva normativa. Basta con demostrar la convivencia y estabilidad de la relación. La flexibilidad del nuevo reglamento facilita el acceso a derechos sin imponer trabas burocráticas innecesarias.

El nuevo Reglamento de Extranjería 2025 representa un gran avance para parejas latinas y extranjeras que comparten su vida con ciudadanos españoles. Si cumples los requisitos de convivencia y estabilidad, puedes acceder a la residencia legal en España sin necesidad de formalizar legalmente tu unión. Esto abre nuevas oportunidades para construir una vida plena, segura y con derechos en territorio español.

FAQ: Preguntas Frecuentes

¿Cuántos meses de convivencia necesito para solicitar esta residencia?

Debes acreditar al menos 12 meses de convivencia continuada o tener hijos en común.

¿Puedo trabajar con esta residencia?

Sí. Esta autorización permite trabajar legalmente en España.

¿Qué pasa si mi pareja española fallece?

Puedes conservar tu residencia si existen hijos en común o un nivel de integración acreditado.

¿Necesito registrar la pareja de hecho?

No es obligatorio, pero puede ayudarte a fortalecer tu solicitud.

¿Cuánto tiempo tarda la resolución?

El plazo de resolución es de hasta 90 días desde la presentación de la solicitud.